Este programa, va correspondiendo con los aportes México, su rumbo, en
los diferentes rubros tocados:
1.
Corrupción.
2. Justicia.
3. Política.
4. Salud
5. Educación
6. Bienestar
Social
7.
Economía.
En seguida iremos desglosando cada uno de ellos.
1. Corrupción
Para llevar a cabo los cambios necesarios, ¿de dónde van a llegar los
recursos?, no de deuda, no de préstamos o aportaciones, de un punto muy
importante: la corrupción, explico, considerando que el 50% de los recursos se
vayan por el lado de la corrupción, de allí van a llegar. ¿Cómo se van a captar
o recuperar?, hay varios puntos:
a.
Los aportes o dietas, los recursos que se
destinan a los proyectos de gobierno, no pueden alterarse o bajarse
definitivamente, sino que se deberán revisarse exhaustivamente su aplicación y su
vigilancia, de ser posible, transparentarse todo el proceso desde su origen
hasta su total aplicación, ¿habrá excedentes?, en realidad no se puede saber,
pero en caso de que si, se tomaran estos recursos excedidos para ir a una bolsa
común, de donde se podrán redirigir los mismos, que no necesariamente
regresaran a donde se pretendían aplicar (la institución que solicito el
recurso).
b.
Cuando se detecte una irregularidad en el
ejercicio de la aplicación de los fondos, se deberán recuperar los mismos, con
sus consecuentes intereses, embargando los bienes de los defraudadores o sus
socios, hasta el límite en que haya sido afectado el patrimonio de gobierno, con
sus consabidos intereses por el tiempo en que tarde dicha recuperación monetaria
y los costes legales derivados por su recuperación. Esto indistinto de las
acciones legales correspondientes, cárcel en un momento dado, y no se diga que la destitución ipso facto de
su puesto o cargo público, ya resuelto debidamente este acto de corrupción en
cualquiera de sus modalidades: peculado, mal versación de fondos, usufructo
personal de los recursos del gobierno para devengar algún recurso: económico,
influencia, etc.
c.
¿Quién podría denunciar dicho acto de corrupción?
Prácticamente cualquiera puede hacerlo, se destinara un buzón abierto para
recibir estas denuncias, que pueden ser anónimas, los fiscales encargados del área,
serán los responsables de verificar dicha denuncia, sin minimizar u obviar
ninguna de ellas, mismo que sería tomado o considerado, como también un acto de
corrupción por estos fiscales.
Es de allí de donde vendrán los recursos, de la estricta vigilancia de
los recursos y su aplicación, así como de la recuperación de los dineros sustraídos
por dichos actos, ¿hasta de que tiempo?, yo diría que habría que considerarse
una especie de tabla, de la siguiente manera:
Montos
a
fecha 2015
|
Años
de revisión exhaustiva
|
>100
millones de pesos
|
Hasta 20 años
|
50 - 100 millones de pesos
|
Hasta 10 años
|
20 - 50 millones de pesos
|
Hasta 5 años
|
<20
millones de pesos
|
Es de aquí de donde vendrán los recursos, de aquí.
Obvio que será necesario implementar una Ley Anticorrupción y su
Reglamento Correspondiente. En este trabajo no estableceremos dicha Ley, pero
si aportar algunos elementos de la misma, los cuales enuncio aquí:
a.
Serán susceptibles de ser regulados dos
modalidades: el funcionario público y el ciudadano común, sin cargo o función pública.
Cada uno de ellos tendrá su propio articulado de esta ley, con sus
correspondientes efectos.
b. ¿Qué
funcionarios públicos serán regulados por esta ley? Todos sin excepción, desde
el más pequeño funcionario de limpia, por decir, hasta el Presidente de la
Republica o sus subordinados directos y todo servidor que preste servicio a México
a través de una Institución Gubernamental.
c. ¿Pero
hay restricciones para aplicarse dicha ley, el fuero, el amparo, etc?, deberá revisarse
exhaustivamente tal aspecto para evitar que dicho fuero por ejemplo, sea una protección
para la corrupción, lo que esto realmente ha sido a la luz de nuestros hechos
actuales. En base a la ley, podrá ser revocado dicho fuero, aun el del
presidente de la Republica, dicha ley será general y aplicable a todo servidor público,
sin excepción.
d. Los
Fiscales, abogados y jueces destinados a esta nueva institución, Juzgado Anticorrupción
o Fiscalía Anticorrupción o Secretaria Anticorrupción, deberán ser bien
escogidos, ya que estos mismos se encargaran de vigilar el buen desempeño de
todos, tanto civiles corruptores o corruptos, como servidores o funcionarios públicos
de todos los niveles; igual su protección en todos los sentidos, sus
emolumentos, y su rotación en un momento dado y sus controles estrictos, su penalización
en caso de que ellos caigan en actos de corrupción también.
e.
También la población civil, será regulada por
esta ley, de tal suerte que si un civil, coadyuva, apoya o estimula un acto de corrupción
de un civil o un servidor público, este también será penalizado, ¿en qué medida
y monto?, esto se determinara en el articulado de la ley y reglamento
correspondientes.
En concreto, este tema de la corrupción claramente se ve que solo podrá
ser atacado de esta manera, con una Ley Anticorrupción debidamente
desarrollada, las definiciones de corrupción deberán ser tan amplias como
modalidades haya o pueda haber.
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